Ordenan un juicio oral por la muerte de un médico, un enfermero y el copiloto en el accidente de un avión sanitario en Chubut el 5 de mayo de 2020 cerca de las 23:00 horas. El único sobreviviente y piloto del vuelo, había ofrecido pagar 15 millones de pesos y tareas comunitarias para evitar el debate pero la Cámara de Casación ratificó que es necesario un juicio.
La Cámara Federal de Casación Penal, ordenó avanzar con el juicio oral por el accidente de un avión sanitario en Esquel en plena pandemia durante 2020 y confirmó el rechazo a suspender el debate a cambio de una reparación económica por 15 millones de pesos y tareas comunitarias ofrecidas por el único sobreviviente y acusado.
La decisión fue del camarista Guillermo Yacobucci, quien convalidó un fallo del Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, a la hora de no conceder la suspensión del juicio a prueba para el piloto Mariano Nahuel La Torre, quien había ofrecido una reparación económica de 15.000.000 de pesos y la realización de tareas comunitarias durante dos años como alternativa al proceso oral.
Ofrecimiento
La defensa propuso que el monto ofrecido fuera destinado, en caso de no ser aceptado por las querellas, a una institución de salud de Esquel, mientras que las tareas comunitarias se cumplirían en un hospital en Pilar, provincia de Buenos Aires. A pesar de estos ofrecimientos, la justicia consideró que la complejidad del caso y la gravedad de las consecuencias exigen un debate público.
La cuestión llegó en apelación al máximo tribunal penal federal del país, donde se señaló que la fiscalía “se opuso de forma motivada al otorgamiento de la probation, habida cuenta de la dinámica del hecho y la gravedad del resultado, lo que denota la existencia de un caso complejo que requiere de un análisis en profundidad en un juicio oral y público”. También se remarcó que la oposición fiscal a la suspensión del juicio no fue arbitraria ni discriminatoria.
Siniestro
El siniestro fue el 5 de mayo de 2020 en el Aeropuerto Brigadier General Antonio Parodi de Esquel, cuando un avión sanitario LEAR JET 35 A de la empresa MD FLY S.A. se estrelló en el aterrizaje. La aeronave estaba tripulada por Mariano Nahuel La Torre y Ángel Martín Gamboa, junto al médico Federico Bassi y el enfermero Patricio Walmsley. Los cuatro sobrevivieron al impacto pero Gamboa, Bassi y Walmsley murieron poco después como consecuencia de las heridas por el incendio de la aeronave, de la cual no pudieron escapar.
Oposición fundada
La fiscalía se opuso a la suspensión del juicio porque la dinámica del hecho y la gravedad requieren “un análisis profundo en un juicio oral y público”. Casación sostuvo que la oposición resultó fundada y que corresponde avanzar hacia el esclarecimiento de responsabilidades penales en el marco de un debate oral.
Negligencia
La Torre está procesado por supuestamente “haber causado por su actuar negligente o imprudente como piloto, el impacto del avión LEAR JET 35 A de la empresa MD FLY S.A, matrícula LV-BXU, contra el terreno del Aeropuerto Esquel”, Chubut. El único sobreviviente del accidente, el piloto ahora procesado, sufrió heridas de consideración, estuvo internado y fue dado de alta casi un mes más tarde.
La fiscalía remarcó que a 6 años del hecho y cuando sólo falta fijar fecha de inicio de juicio “la solución propuesta por la defensa significaría desatender la gravedad del hecho” ante su complejidad y “grave desenlace”.
La aeronave había partido desde San Fernando para buscar a una menor que debía ser trasladada de urgencia hacia Buenos Aires.
Condiciones
Las condiciones meteorológicas entre el aeropuerto de San Fernando y el de Esquel a las 23:00 horas del día 5 de mayo 2020 eran de buen tiempo y no se observaban ni se pronosticaban condiciones meteorológicas peligrosas para la navegación aérea en la ruta solicitada. No obstante desde las 00:00 horas del día 6 de mayo 2020 se comenzaba a observar una reducción sustancial de la visibilidad relacionado con la presencia de una niebla de origen local del tipo ‘radiativa’ en las inmediaciones del aeropuerto de Esquel que se mantendrían a lo largo de la noche. Al momento del suceso, el valle donde se encuentra el aeropuerto de Esquel estaba bajo condiciones de visibilidad reducida por un evento de niebla. Debido a que el aeropuerto de Esquel se encuentra a una distancia aproximada de 3000 m (en dirección NE) de los bañados del río Esquel viejo y su asociada laguna Esquel. Este espejo de agua puede haber sido una fuente de vapor de agua extra que podría haber potenciado y persistido las nieblas.
Comunicaciones
De la escucha de las comunicaciones se puede expresar que las mismas fueron claras y sin interrupciones. El controlador de tránsito aéreo informó las actualizaciones de condiciones meteorológicas que le fueron aportadas por el observador meteorológico de la oficina meteorológica del aeropuerto. En particular, de la información recopilada se comprobó que la aeronave notificó, en su aproximación final, que tenía “pista a la vista”. A lo que el controlador de la torre de control le informó que él “no tenía a la vista a la aeronave” aunque la aeronave emitió una última comunicación en la que expresó “aterrizando”.
Información sobre los restos de la aeronave y el impacto
La aeronave impactó dentro del predio del Aeropuerto Brigadier Gral. Antonio Parodi de Esquel (Chubut), a aproximadamente 70 metros a la izquierda del lateral de la pista 23 y a 800 metros pasados el umbral de la cabecera. Desde el primer impacto hasta su detención final se desplazó 400 metros aproximadamente, hasta que se detuvo en posición invertida en una hondonada. Los restos de la aeronave se esparcieron en un área triangular con vértice en el lugar del primer impacto y con una base de 100 metros aproximados a ambos lados de una línea general de avance.
Fuentes
INFOBAE



