Limarieri responsabilizó al equipo de la UATRE, expresando que «lo de trata lo armaron para sacar un mayor rédito económico».
Fuente. Radio Nacional Esquel.
El 2 de agosto de 2024 al intendente de Gualjaina, Marcelo Limarieri, se le imputó “haber captado y acogido a SA en el Puesto Lobos en Paso del Sapo, con la finalidad de explotarlo laboralmente manteniéndolo en condiciones de servidumbre, valiéndose de su estado de vulnerabilidad ya que no sabe leer ni escribir. Se mencionó en la imputación, las circunstancias que surgieron de la inspección que el 23/5/24 realizó la Secretaría de Trabajo, la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores -Seccional Esquel- (UATRE) y la Dirección Provincial de Lucha contra la Trata y el Tráfico de Personas del Ministerio de Desarrollo Humano de Chubut de manera conjunta.
Descargo del imputado
Al prestar declaración indagatoria Limarieri mencionó que habló con SA para que se ocupe de cuidar las ovejas y el campo, ofreciendo un contrato de porcentajes de la producción. La propuesta incluía ingresar animales propios al campo de Limarieri, con un 20% de la producción. El acuerdo implicaba que SA iba a recorrer esa zona porque iba a estar cuidando sus animales y al mismo tiempo iba a mirar el perímetro del campo y si los animales que no eran suyos estaban en condiciones.
Dijo que «era un puestito así muy precario donde hay una perforación de agua potable, pero no era un lugar donde vivía gente». Agregó Limarieri que cuando realizó el recuento de animales, se encontraron con un faltante de 800 ovejas. Como SA era el único que entraba le comunicó que retirase sus animales y que no ingrese más.
Que en mayo SA le había dado una carta poder para que lo represente un abogado de la UATRE, la cual Limarieri respondió negando los vínculos laborales, expresando que había era un contrato verbal y que “fueron más allá» y responsabilizó al equipo de la UATRE, porque «lo de trata lo armaron en forma de sacar un mayor rédito económico y para que tenga mayor impresión, que lo lograron en los medios, por ser una persona pública». Agregó que para él está todo armado porque desde que recibió la carta documento hasta que realizaron la inspección pasaron 25 días y en la inspección apareció SA sorpresivamente en el Puesto de Lobos, porque sabía que SA estaba trabajando en la zona de Gorro Frigio a 40 kilómetros. Contó que fue un armado que hicieron para difamarlo y escracharlo, para sacar un rédito económico porque el mismo abogado de SA se contactó con su abogado diciendo que esto lo solucionaban con 14 millones de pesos.
Sobreseimiento
A la hora de analizar las actuaciones, desde el Juzgado Federal de Primera Instancia de Esquel hicieron las siguientes consideraciones “advierto que el caso no encuadra típicamente en ninguna de las formas de explotación mencionadas y en consecuencia, habré de desvincular definitivamente del proceso a Marcelo Horacio Limarieri y archivar las presentes actuaciones por inexistencia de delito”. En el mismo sentido expresa el Juez Federal que “corresponde recordar que a Marcelo Limarieri se le imputó de haber captado y acogido a SA con la finalidad de explotarlo laboralmente, reduciéndolo y manteniéndolo en condiciones de servidumbre, valiéndose de su estado de vulnerabilidad debido a su situación socio económica y su falta de formación educativa formal; sin embargo, a partir de la evidencia reunida no se logró corroborar la acusación formulada”.
Quedó claro que la reducción a la servidumbre implica someter a una situación no deseada a una persona, circunstancia que lleva intrínseca la dominación de la voluntad de la víctima; la que no necesariamente debe ser física sino que puede existir también un verdadero dominio psíquico sobre la voluntad de la víctima. En el caso, “no observo que haya existido ningún tipo de dominio -ni físico ni psicológico- sobre la voluntad de SA, ni aprecio que haya estado sometido al imputado. Tampoco consta que haya sufrido alguna amenaza, maltrato físico o alguna otra modalidad de coacción o engaño hacia él, su familia o alguna otra persona”.
En consecuencia, RESUELVO:
- SOBRESEER a Marcelo Horacio Limarieri, en orden al hecho que motivó la iniciación de este sumario, haciendo expresa mención de que la formación de esta causa no afecta el buen nombre y honor que gozare.
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