El sábado 5 de octubre se cumplió la resolución del Tribunal Oral Federal de General Roca, por la cual Matías Santana fue liberado de la Unidad 14 (Cárcel de Esquel). Continuará con prisión domiciliaria en Bariloche.
Santana se encontraba detenido desde el 17 de febrero de 2024 como resultado de la persecución y represión al pueblo mapuche. Había sido procesado por falso testimonio en la causa de la muerte de Santiago Maldonado y está imputado por usurpación en Villa Mascardi.
Derechos humanos de los pueblos indígenas
Noticias de Esquel pudo acceder a la resolución del Tribunal Oral Federal de General Roca. La medida fue otorgada al considerar su rol como padre y la situación económica de su familia, ya que en sus considerandos a la hora de evaluar la posibilidad de otorgarle a Santana el arresto domiciliario el TRIBUNAL FEDERAL expresó: “Se encuentra acreditado que el detenido es padre de dos hijos menores de edad de 2 y 5 años que se encuentran al cuidado de su pareja, quien no pudo continuar con sus actividades y tuvo que dejar de trabajar. El grupo familiar no cuenta con un ingreso económico suficiente para satisfacer las necesidades básicas y no perciben subsidios de programas municipales o provinciales”.
Además consideró el tribunal que: “los Estados deben adoptar medidas especiales y específicas destinadas a proteger, favorecer y mejorar el ejercicio de los derechos humanos por los pueblos indígenas y tribales y sus miembros. La necesidad de tal protección especial surge de la mayor vulnerabilidad de estas poblaciones, dadas las condiciones de marginación y discriminación históricas que han sufrido, y del nivel especial de afectación que soportan por las violaciones de sus derechos humanos. Esta obligación estatal positiva de adoptar medidas especiales se centúa mayormente cuando se trata de los niños y niñas o de las mujeres indígenas, puesto que su nivel de vulnerabilidad es aún mayor” (cfr. causa nº FGR 11180/2017/CFC1, caratulada: “Comunidad Lof Campo Maripe (Loma de Campana) s/ recurso de casación”.
En su parte resolutiva, la decisión del tribunal fue:
Por todo lo expuesto, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal, de manera UNIPERSONAL, RESUELVE:
I.- CONCEDER el ARRESTO DOMICILIARIO a MATIAS DANIEL SANTANA en el domicilio de San Carlos de Bariloche, del cual no se podrá ausentar sin previa autorización de este Tribunal, bajo apercibimiento de revocar el presente;
II.- ORDENAR a la Unidad de Detención nro. 14 del Servicio Penitenciario Federal que tramité el egreso de Matías Daniel Santana, quien deberá se retirado por alguno de los guardadores propuestos y se deberá trasladar por sus propios medios al domicilio fijado, debiendo hacerle entrega de todas sus pertenencias y fondo de reserva en el caso que posea.
III.- ORDENAR a la DCAEP de la jurisdicción que realice un seguimiento quincenal del arresto domicilio concedido, remitiendo el correspondiente informe a este Tribunal.
IV.- PUBLÍQUESE.
Primeras imágenes de Matías Santana al salir de la Unidad 14 de Esquel
https://www.facebook.com/watch/?v=2775942569250013
Fuentes: