Atentado en la Estancia Amancay: Recuperó la libertad la única imputada
En los Tribunales de Esquel, se realizó la audiencia para controlar la prisión preventiva de Victoria Núñez Fernández, quien fuera detenida el mes de febrero durante los allanamientos en el marco de la investigación por los incendios en la zona cordillerana. Núñez Fernández fue detenida durante un procedimiento realizado en la Comunidad Mapuche Pillan Mahuiza en Corcovado, acusada de participar de un atentado perpetrado contra la estancia Amancay.
Pretensión fiscal
Si bien la Fiscalía solicito la continuidad de la prisión preventiva, no pudo sostener esta pretensión ya que sus pruebas cada vez más endebles se fueron cayendo con el paso del tiempo una tras otra como un castillo de naipes. El argumento Fiscal indicando que la camioneta de Victoria habría sido utilizada para transportar a las personas que iniciaron el incendio fue tirado por tierra, ya que la Defensa aportó información de una empresa que monitorea satelitalmente el vehículo, indicando que no se movió de Corcovado en esa fecha.
Débil vinculación
Las diferencias entre el vehículo tomado por una cámara y el vehículo secuestrado, fueron consideradas por el juez para entender que es más débil la vinculación de la imputada con el hecho.
Libertad
En definitiva el juez concluyó que no hay elementos que acrediten el riesgo de fuga, solo existiría riesgo de entorpecimiento procesal y para cautelarlo es suficiente con que la imputada no salga de Esquel, salvo expresa autorización judicial, ni regresar a la lof Pillan Mahuiza, concluyendo en que no es necesario que la imputada permanezca privada de la libertad. Su situación procesal volverá a ser revisada el 12 de mayo.
Juan antidemocrático
El Juez Criado con trato autoritario y carente de respeto avasalló una vez más el artículo 46 de la Constitución de Chubut, el cual establece que “los procedimientos judiciales, sumarios y pruebas son públicos, excepto cuando afecten la moral o la seguridad pública”. En una nueva actitud irracional y retrograda como las que ya nos tiene acostumbrados, el polémico Juez no permitió el acceso a la sala de audiencias al público interesado, ni de los medios de comunicación y las organizaciones de derechos humanos, haciendo gala de sus prácticas oscurantistas, con un accionar deliberado hacia no permitir que determinados hechos sean difundidos a la población. En el mismo sentido se puede decir que en otra flagrante violación al Principio de Publicidad, no garantizó la transparencia en la administración de justicia.



